Dejase sin efecto el Artículo 1° del Decreto Nº 1.639/2009 el que quedará redactado de la siguiente forma: Sustituyese el Artículo 4° del Decreto N° 0.254/2006, por el siguiente: «Las resoluciones que determinen la exención establecida en el presente Decreto, en función de los requisitos formales y sustanciales establecidos, será
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Decretos
DECRETO N° 1639 / 2009
Sustituyese el Artículo 4° del Decreto Serie «B» N° 0.254/2006, por el siguiente: «Las resoluciones que determinen la exención establecida en el presente Decreto, en función de los requisitos formales y sustanciales establecidos, tendrán vigencia por dos ejercicios fiscales consecutivos, feneciendo el 31 de diciembre, salvo que la Dirección General
DECRETO N° 1638 / 2009 – Derogado
FIJASE en el DOS POR CIENTO (2,00 %) mensual o la proporción diaria que corresponde en caso de fracción de mes, el interés por mora establecido en el Art. 60º del Código Fiscal (Ley Nº 6.792). FIJASE en el UNO POR CIENTO (1,00 %) mensual o la proporción diaria que
DECRETO Nº 258 / 2009
PRORROGAR hasta el 29 de Mayo del corriente el vencimiento del plazo establecido en el artículo 2º, primer párrafo, del Decreto Nº 0.254/06 para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 1º del mismo y correspondiente al periodo fiscal 2009.
DECRETO Nº 179 / 2009
Los agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no retendrán el impuesto a los Productores Primarios de la Provincia, siempre que estos últimos acrediten en forma conjunta y fehaciente, lo siguiente: a) Solicitud de Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por el periodo fiscal inmediato anterior
DECRETO Nº 57 / 2009
Se entiende por Mutuales constituidas en la provincia, a aquellas que configuren su acto de nacimiento, creación e inscripción del estatuto social en esta jurisdicción.
DECRETO Nº 1830 / 2008
Apruébase el «Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la provincia de Santiago del Estero» que zonifica territorialmente los bosques nativos existentes en la Provincia en los términos de la Ley Nacional Nº 26.331, que se acompaña y forma parte del presente corno Anexo I y su descripción como Anexo II.-
DECRETO Nº 1560 / 2008
SUSTITUYESE el inc. a) del art 1º del Decreto Nº 0.254/2006, por el siguiente “a) Tener canceladas o regularizadas todas las deudas por todos los tributos legislados en el Código Fiscal o que en el futuro se establezcan, sus accesorios, recargos y multas por infracción no prescriptas hasta a la
DECRETO Nº 1092 / 2008
Agentes de Retencion. MODIFICASE el decreto 0585/2008 de fecha 30 de abril de 2008, incorporándose como artículos 3, 4 y 5, los siguientes que quedaran redactados de la siguiente manera:
DECRETO Nº 585 / 2008
Prorrogar hasta el 30 de Septiembre de 2008, el vencimiento del plazo general establecido en el artículo 2º del decreto Nº 0254/06 para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 1º del mismo, con relación al periodo 2007. Prorrogar hasta el 31 de Diciembre de 2008, el vencimiento