RESOLUCIÓN GENERAL N° 21 / 2021

EXÍMASE la obligación de practicar la Retención/Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en un 100 %, a los contribuyentes que desarrollan “Actividades Críticas” encuadradas en el beneficio establecido en la RESOL-2021-2890-E-GDESDE-MEC, por los períodos de Mayo a Julio de 2.021, ambos inclusive.

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