RESOLUCIÓN GENERAL N° 5 / 2022 (Derogada)

MODIFÍQUESE el Art. 5° – Pto. 5 de la Resolución General N°34/2017, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “No se efectuarán retenciones, ni se emitirán certificados de no retención, cuando el total facturado sea inferior a Treinta Mil Pesos ($30.000), salvo facturas pertenecientes a contribuyentes alcanzados por el Art. 210° Inc. “o” (Contratos de Locación con el Estado Provincial y Municipal) y Art. 204° (Profesionales Universitarios) de la Ley 6.792 del Código Fiscal, en cuyo caso deberá ingresar únicamente los datos de la operación al sistema.

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