Los Agentes de la Administración Pública Provincial tienen el beneficio de pagar el Impuesto a los Automotores y Remolcados y/o el Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural mediante la Cesión de sus Haberes, para lo cual deberán:
- Completar el Formulario “Solicitud de Adhesión al Régimen de Cesión de Haberes para el Pago de Impuestos Provinciales” que se encuentra en el anexo II de la RG Nº 5/2003, y
- Presentarlo ante el Habilitado Contable de la Repartición Pública a la que pertenece, en el mes de Noviembre de cada año.
- La cesión de haberes se hará efectiva en el período fiscal siguiente al de su solicitud; renovándose anual y voluntariamente.
- Los inmuebles por los que se desee abonar el impuesto, pueden ser de propiedad del Agente o de familiares directos. También se puede incluir el padrón de su vivienda actual del agente, aunque el titular sea un tercero (por ejemplo, en caso de alquiler); y su rodado aunque no haya realizado la transferencia.
- Esta modalidad de pago beneficia al Empleado Público con un descuento del 20% sobre el monto del impuesto, a pagar en doce (12) cuotas iguales y sin interés.