DECRETO Nº 1811 / 2007

DETERMINASE como requisito para acceder al beneficio de la exención del Art. 210, Inc. ñ), de la Ley Nº 6.792 (Código Fiscal) el aporte de los antecedentes que resulten necesarios para acreditar el derecho a uso y goce del inmueble sobre el cual se asiente la explotación primaria.
Para ello habrá de aportar:
‐ Escritura o documento equivalente (escritura transferencia de dominio, usufructo para transmisión de nuda propiedad, boleto de compra-venta, cesión de acciones y derechos, sentencia de prescripción adquisitiva, hijuela de adjudicación, etc.) que certifique la propiedad del inmueble afectado a la explotación, o;
‐ Contrato de arrendamiento que justifique el uso y goce del inmueble afectado a la explotación.Descargar Decreto 1811-2007