DECRETO N° 1774 / 2014

Establécese un Régimen Especial de Pago por Tributo, que se sustancie en sede administrativa, por deudas vencidas al 31 de Julio del 2014 y por NOVENTA (90) DÍAS corridos, quedando exceptuadas los provenientes de retenciones y/o percepciones y/o recaudaciones e Impuestos de Sellos. La Autoridad de Aplicación queda facultada a prorrogar el plazo de 90 días corridos, si resultara conveniente.

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