RESOLUCION GENERAL Nº 23 / 2014

SUSTITUYESE el punto 5º del Anexo de la Resolución General Nº 03/2005, el que quedará redactado de la siguiente forma. “Los Certificados de Conductas Fiscal tendrá una vigencia de Sesenta (60) días como máximo, y deberá ser presentado únicamente en original en cada Organismo o Repartición que la solicite”.

DESCARGAR RG_23-2014