RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 121 / 2017

Todos los trámites de exenciones se formalizaran en actuaciones administrativas, iniciadas ante Mesa General de Entradas, o en las Delegaciones, debiéndose analizar en su integridad la correspondencia del beneficio en el Registro de Sujetos y Entidades Exentas, sin necesidad de dar participación a otras áreas del organismo, salvo situaciones debidamente fundadas.

RES. ADMINISTRATIVA 121-2017