¿CÓMO SOLICITAR LA BAJA COMO AGENTE DE RETENCIÓN?

La baja como Agente de Retención se tramita mediante una nota de solicitud de baja que el contribuyente deberá presentar en Mesa General de Entradas de la DGR, abonando previamente la Tasa Retributiva de Servicio respectiva;donde deberá indicar las causas que dieron lugar al pedido y adjuntar la documentación que lo justifique, a saber:

  • Agentes de Retención designados por normativas anteriores a la RG. 34/2017, que no se encuentren comprendidos en dicha normativa: elementos probatorios según sea el caso.
  • Contribuyentes Locales que cesen definitivamente en su actividad: Formularios de Baja en DGR y AFIP.
  • Contribuyentes de Convenio Multilateral que cesen su actividad en la jurisdicción de Santiago del Estero: Formulario de baja en Convenio Multilateral –Jurisdicción 922.