La RG Nº 46/2017 estable distintas fechas de vencimiento para las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago y las condiciones de cada una, a saber:
- Vencimiento General de las cuotas: se fijó para el día 10 de cada mes, o día hábil inmediato siguiente para el caso de que éste fuera inhábil; sin generar recargos en el pago.
- Pago posterior al vencimiento general: cuando se abone con posterioridad al vencimiento general, hasta el día 20 de cada mes o día hábil inmediato posterior; la cuota incluirá recargos por mora.