Las exenciones en el impuesto a los Automotores y Remolcados están enumeradas en el artículo 356º de La Ley Nº 6.792, incisos a) a g).
Las exenciones en el impuesto a los Automotores y Remolcados están enumeradas en el artículo 356º de La Ley Nº 6.792, incisos a) a g).