MODIFICASE el Art. 5º punto 5 de la resolución General Nº21/2007, el que pasará a estar redactado de la siguiente manera: “5-a) no se efectuarán retenciones, ni se emitirán certificados de no retención, cuando el total facturado sea inferior a dos mil pesos ($2.000,00), salvo facturas pertenecientes a contribuyentes alcanzados
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Resoluciones
RESOLUCION GENERAL Nº 35 / 2012
SUSTITUYESE el artículo 8º de la Resolución General Nº 130/2006 por el siguiente texto: ARTICULO 8º – A los efectos de la liquidación de la percepción, se aplicará sobre el monto establecido en el artículo precedente, la alícuota del dos coma cinco por ciento (2,5%).
RESOLUCION GENERAL N° 32 / 2012
ESTABLECESE que los contribuyentes y responsables podrán tener vigente dentro de la órbita de la Dirección General de Rentas, únicamente un (01) plan de facilidades de pago común o judicial y solo se podrá incluir en el mismo, deuda por un solo impuesto.
RESOLUCION GENERAL Nº 23 / 2012
Delegase al Sub-Director de Recaudaciones la firma de los actos administrativos para otorgar Exenciones Impositivas a Jubilados y Pensionados (Ley Nº 7051, articulo 18º inciso i).
RESOLUCION GENERAL Nº 18 / 2012
«Modificase el articulo 11º, inciso 2º, de la Resolución General Nº 21/2007, el que quedará redactado de la siguiente manera: …»
RESOLUCION GENERAL N° 12 / 2012
DEROGASE en todos sus términos la Resolución General Nº 7/2012, de fecha 15 de Marzo del 2012, en mérito a las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
RESOLUCION GENERAL Nº 08 / 2012
Sustituyese el Art. 1º de la Res. Gral. Nº 34/2011, por el siguiente: “Liquidación de retenciones.”- Se aplicará una de las siguientes formas de liquidación, según corresponda: …»
RESOLUCION GENERAL Nº 05 / 2012
SUSTITUYESE el Art. 2º de la Resolución General Nº 22/2009, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ El Departamento Técnico respectivo, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Nota Modelo, sin lo cual no dará curso al requerimiento formulado”.
RESOLUCION GENERAL Nº 45 / 2011
MODIFICASE el punto 14º del Anexo de la Resolución General Nº 3/2005, el que quedará redactado de la siguiente forma: “No se exigirá el Certificado de Conducta Fiscal en los Organismos Públicos cuando las Compras Directas no superen los $1.500(Un Mil Quinientos)”.
RESOLUCION GENERAL Nº 44 / 2011
IMPLEMENTASE, la emisión de las boletas de pago de los Impuestos: Inmobiliario Urbano y Rural, y de los Automotores y Remolcados, generados por la Pagina Web mediante acceso libre.