Dispónese los alcances de la Ley Nº 7.307 a las “Actividades Sanatoriales” de capital privado por los períodos enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2024 y por el 100% de la obligación de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Dispónese los alcances de la Ley Nº 7.307 a las “Actividades Sanatoriales” de capital privado por los períodos enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2024 y por el 100% de la obligación de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.