RESOLUCIÓN GENERAL N° 37 / 2026

Poner en conocimiento de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución General, que a partir del día 1 de diciembre de 2026, el cumplimiento de las obligaciones de presentación de declaraciones juradas e ingreso de las percepciones practicadas deberán efectuarse a través del Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos “SIRCIP”, debiendo adoptar las adecuaciones operativas y tecnológicas necesarias para su implementación.

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