SUSTITUYESE el Art. 6º de la Resolución General Nº 21/2007, por el siguiente:
“LIQUIDACIÓN DE RETENCIONES
Artículo 6º.- Se aplicará una de las siguientes formas de liquidación, según corresponda: …»
SUSTITUYESE el Art. 6º de la Resolución General Nº 21/2007, por el siguiente:
“LIQUIDACIÓN DE RETENCIONES
Artículo 6º.- Se aplicará una de las siguientes formas de liquidación, según corresponda: …»