Delegase al Sub-Director de Recaudaciones la firma de los actos administrativos para otorgar Exenciones Impositivas a Jubilados y Pensionados (Ley Nº 7051, articulo 18º inciso i).
Delegase al Sub-Director de Recaudaciones la firma de los actos administrativos para otorgar Exenciones Impositivas a Jubilados y Pensionados (Ley Nº 7051, articulo 18º inciso i).