RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 119 / 2014

Para el otorgamiento del Certificado de Conducta. Fiscal los Departamento respectivos, deberán verificar que los contribuyentes, no registren ningún tipo de deudas. En los deudores, que cuenten con Planes de Pagos por Ejecución Judicial, se les deberá exigir su cancelación, a los efectos de otorgarle el Certificado de Conducta Fiscal.

Res. Administrativa 119-2014