RESOLUCION GENERAL N° 18 / 2011

APRUEBASE el “Modelo de Sello”, a utilizarse a los efectos de dejar constancia de la reposición del tributo en las copias, duplicados o triplicados de los Actos, Contratos y Operaciones en general, el que se transcribe en el Anexo Nº I, el que pasa a formar parte integrante de la

RESOLUCION GENERAL Nº 17 / 2011

ESTABLÉCESE que para el otorgamiento de los certificados para escrituración, con motivo de la constitución de derechos reales por inmuebles deberá obligatoriamente acreditarse el pago total del impuesto, teniendo como base de referencia las imputaciones de pago incorporadas en el sistema informático.

RESOLUCION GENERAL Nº 06 / 2011

MODIFICASE el Artículo 2º de la RG 22/2009 por el siguiente: “ Artículo 2º.- MESA GENERAL DE ENTRADAS y DELEGACIONES deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la nota modelo. En caso de ausencia total o parcial de alguno de los requisitos, el funcionario actuante deberá dejar constancia

RESOLUCION GENERAL Nº 15 / 2010

Dejar Establecido que los Agentes de Retención/Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR deberán cumplir sus obligaciones de presentación de Declaraciones Juradas mensuales y pago respetando el cronograma de vencimientos que establezca coordinadamente la Comisión Arbitral – Convenio Multilateral del 18/8/77.

RESOLUCION GENERAL N° 13 / 2010

ESTABLECESE que las Resoluciones de Exenciones para el Ejercicio 2009 y 2010, que beneficias a los Productores Primarios(contribuyentes directos o locales) tipificados en el inc. Ñ) del Art. 210º de la Ley Nº 6.792, con vigencia anual, se reconocerá extendida su aplicación hasta el 31/12/2011.

RESOLUCION GENERAL Nº 68 / 2009

ESTABLÉCESE un plazo de (60) días corridos, para que los Sujetos y Entidades, que inician actividades primarias con posterioridad al 31 de Marzo de cada año, cumplan con las formalidades fijadas en el art. 1º del Decreto Nº 0.254/2006, sus modificatorias y complementarias, para acceder al beneficio previsto en el

RESOLUCION GENERAL N° 47 / 2009

Modificase la Resolución General N°51/2008, cuyo Art. 10° quedará redactado de la siguiente manera: «EXPEDICION DE FRUTOS DEL PAIS» Artículo 10°- Por la expedición de guía de frutos del país, se abonarán las siguientes tasas, de conformidad a lo determinado en el Art. 296° y siguientes del Código Fiscal:

RESOLUCION GENERAL Nº 36 / 2009

MODIFÍCASE el punto 5, artículo 5, de la RG 21/2007, el que pasará a estar redactado de la siguiente manera: “5) No se efectuaran retenciones ni se emitirán certificados de no retención cuando el total facturado sea inferior a $1.500,00 salvo facturas pertenecientes a contribuyentes alcanzado por el articulo 204°