Los Jubilados y Pensionados que por primera vez soliciten la exención en el Impuesto Inmobiliario, deberán presentar por Mesa General de Entradas la siguiente documentación, cuyas copias deberán estar certificadas por Secretaría General de la DGR o por Escribano Público:
1 – Formulario F.602 – Solicitud de Exención Impositiva-Jubilados, previo pago de la tasa retributiva correspondiente.
2 – Constancia del Registro de la propiedad de que el inmueble se encuentra registrado como Bien de FAMILIA.
3 – Certificado de supervivencia actualizado.
4 – Certificado de residencia.
5 – Constancia de haber jubilatorio o de la pensión.