EXENCIÓN EN EL IMPUESTO INMOBILIARIO – JUBILADOS y PENSIONADOS: ¿HASTA QUÉ FECHA SE PUEDE SOLICITAR LA EXENCIÓN?

La Exención del Impuesto Inmobiliario para Jubilados y Pensionados, se puede solicitar hasta el 20 de diciembre del año inmediato anterior a aquel ejercicio para el cual se solicita exención.