MUTUALES: ¿PUEDEN GOZAR DEL BENEFICIO DE EXENCIÓN EN EL ISIB?

Todas las Mutuales constituidas en la provincia, de conformidad con la Legislación vigente (Ley Nº 6.795 y Decreto Nº 0.57/2009),  pueden solicitar la Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, salvo que obtengan ingresos derivados de actividades financieras y de seguros.