DECRETO Nº 980 / 2020

ARTÍCULO 1º: Fíjase un mínimo no imponible mensual, no acumulativo de $22.000,00 (Pesos veintidós mil) para los Profesionales que no estuvieren organizados bajo cualquier forma asociativa de empresa, previsto en el Artículo 204º de la Ley Nº 6.792 y sus modificatorias.-

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 45 / 2020 – Derogada

Fíjase como valores mínimos de comercialización de productos agrícolas, ganaderos, forestales y mineros en la provincia, los importes que figuran en planillas anexas que pasan a formar parte integrante de la presente resolución o, en su caso, el establecido en factura o documento equivalente, si este fuera de mayor valor,

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 40 / 2020

PRORROGAR hasta el día 15 de Junio del año 2020, el vencimiento del plazo para el pago del IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL, para aquellos contribuyentes comprendidos en el Decreto de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, para el periodo 2019, con el descuento del 30% por pago único anual, y del descuento del