Los requisitos para solicitar la Exención en el Impuesto Inmobiliario para Jubilados y Pensionados, son los siguientes:
- El Jubilado o Pensionado debe percibir el haber mínimo o hasta el doble del haber mínimo.
- Debe ser titular de una única vivienda.
- El Inmueble debe estar destinado a vivienda propia e inscripto como bien de familia.
- Debe tener abonado el Impuesto Inmobiliario correspondiente a los últimos cinco (5) años no prescriptos hasta la fecha de presentación.