Modificar la dispositiva contenida en los ptos. 1, 2, 3, 4, 5 y 8 del anexo que responde a la Res. Gral. D.G.R. 6/99, los que quedarán redactados de la siguiente forma: «1. El trámite para el otorgamiento del Certificado de Conducta Fiscal se inicia por ante Mesa General de
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Resoluciones
RESOLUCION GENERAL Nº 32 / 2003
DISPONER la vigencia de las GUIAS DE PRODUCTOS EN TRANSITO que emite éste Organismo, por el término de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de su expedición, siendo éste plazo improrrogable para considerar un nuevo vencimiento.
RESOLUCION GENERAL Nº 31 / 2003
Establécese un régimen de percepción en el impuesto sobre los ingresos brutos, para las operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías que ingresen al territorio aduanero, excepto aquellas que se destinen a su utilización por el adquirente como bienes de uso o para uso particular, que se regirá por
RESOLUCION GENERAL Nº 05 / 2003
Todo adherente al sistema de Cesión de Haberes para el pago de los impuestos a los Automotores e Inmobiliario, deberán presentar en el mes de noviembre de cada año, el formulario de adhesión, para el periodo fiscal correspondiente al año siguiente.
RESOLUCION GENERAL Nº 6 / 1999
Aprobar los requisitos que deben reunir la solicitud, circuito administrativo interno y otorgamiento de los certificados de conducta fiscal emitido por la Dirección General de Rentas, que figuran en el anexo que -adjunto- pasa a formar parte integrante de la presente resolución.
RESOLUCION GENERAL Nº 24 / 1995
SUSTITUYESE el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución N° 17/95, el que quedará redactado de la siguiente forma: «La liquidación de la percepción deberá ser realizada por el agente autorizado, aplicando la alícuota del 1,5 % sobre el monto de la operación, con excepción de los contribuyentes que
RESOLUCION GENERAL Nº 17 / 1995
Establécese un régimen de percepción del IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS que será de aplicación para los contribuyentes y/o responsables designados como AGENTES DE PERCEPCIÓN por la Dirección General de Rentas.
RESOLUCION GENERAL N° 9 / 1995
Los responsables designados Agentes de Percepción practicarán su liquidación, cuando el bien, producto o mercadería objeto de la comercialización sea destinado por el adquiriente para su reventa.